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EXCLUSIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN PÓLIZAS DE SEGURO: LO QUE ACLARÓ EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

  • Writer: Luis Davila
    Luis Davila
  • 11 hours ago
  • 4 min read

Bandeja con instrumentos quirúrgicos esterilizados sobre mesa médica en tono verde, junto a documento clínico y desinfectante, con quirófano desenfocado al fondo.

UNA DECISIÓN RELEVANTE PARA EMPRESAS, ASEGURADOS Y PROFESIONALES EN PUERTO RICO

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión de alto valor sobre la exclusión de servicios profesionales en pólizas de seguro, particularmente en el contexto de reclamaciones de responsabilidad civil y controversias sobre defensa legal. La Opinión, emitida el 24 de agosto de 2020 por el Juez Asociado Señor Feliberti Cintrón, examinó el alcance de la exclusión de servicios profesionales en una póliza de seguro tipo umbrella expedida por ACE Insurance Company.


La controversia surgió a raíz de reclamaciones relacionadas con un brote bacteriano ocurrido en el Hospital de la Universidad de Puerto Rico Dr. Federico Trilla, en Carolina, entre los años 2011 y 2013. Según se alegó, aproximadamente 63 pacientes fallecieron tras contagiarse con una bacteria durante su hospitalización. Entre las entidades demandadas figuró North Janitorial Services, Inc., empresa contratada para realizar labores de limpieza, mantenimiento y esterilización en las instalaciones hospitalarias.


EL PUNTO CENTRAL DEL CASO

El asunto principal consistía en determinar si ACE Insurance Company tenía la obligación de proveer defensa o sufragar los costos de representación legal de North Janitorial, o si por el contrario aplicaba la exclusión de servicios profesionales incluida en su póliza.


North Janitorial sostuvo que las alegaciones en su contra activaban la posibilidad de cubierta y, por tanto, el deber de defensa. ACE argumentó que las reclamaciones estaban excluidas, ya que surgían precisamente de los servicios especializados de limpieza y esterilización que la empresa había sido contratada para prestar en el hospital.


QUÉ RESOLVIÓ EL TRIBUNAL SUPREMO

El Tribunal Supremo concluyó que, bajo las circunstancias particulares del caso, la responsabilidad imputada a North Janitorial no podía fragmentarse en actos aislados de limpieza manual o rutinaria. La reclamación no se basaba simplemente en que un cuarto estuviera sucio o en que se hubiera dejado de recoger basura en un momento específico. Más bien, el reclamo se fundamentaba en una alegada falla sistémica en el cumplimiento de una obligación especializada de higiene y esterilización dentro de una institución hospitalaria.


El Tribunal destacó que la limpieza en un hospital no equivale a una limpieza ordinaria. En ese entorno, la higiene exige estándares rigurosos, conocimiento especializado y cumplimiento estricto con protocolos propios de instalaciones de salud. Por ello, las acciones u omisiones del personal de limpieza no podían separarse de la responsabilidad general asumida por la empresa de brindar un servicio especializado e integral.


En consecuencia, el Tribunal resolvió que las reclamaciones formuladas en la demanda caían dentro de la exclusión de servicios profesionales de la póliza de ACE, por lo que la aseguradora no estaba obligada a cubrir la defensa bajo esa póliza en exceso.


PRINCIPIOS IMPORTANTES DE DERECHO DE SEGUROS QUE REAFIRMA LA DECISIÓN

La Opinión también reafirma varias normas esenciales del derecho de seguros en Puerto Rico.


LAS PÓLIZAS SE INTERPRETAN EN SU TOTALIDAD

El análisis de una póliza no puede hacerse de manera fragmentada. Deben examinarse en conjunto sus cláusulas, términos, condiciones y exclusiones.


LAS EXCLUSIONES SE INTERPRETAN RESTRICTIVAMENTE

Como regla general, las exclusiones de cubierta son desfavorecidas y se interpretan restrictivamente contra la aseguradora. Sin embargo, cuando la exclusión es clara y aplica a los hechos, los tribunales no pueden imponer responsabilidad por riesgos expresamente exceptuados.


EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA TIENEN CARGAS DISTINTAS

El asegurado tiene el peso de demostrar que su reclamación está comprendida dentro de la cubierta. Por su parte, la aseguradora debe probar que aplica una exclusión específica.


EL CONTEXTO DEL SERVICIO IMPORTA

Una de las aportaciones más importantes de esta decisión es que aclara que ciertas tareas aparentemente manuales u ordinarias pueden formar parte de un servicio profesional cuando están integradas a una función especializada más amplia.


IMPACTO PRÁCTICO DE ESTA OPINIÓN

Esta decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico es particularmente importante para:

  • empresas que prestan servicios especializados;

  • compañías aseguradas bajo pólizas comerciales o umbrella;

  • abogados que manejan controversias de cobertura;

  • negocios del sector de salud, mantenimiento y servicios contratados;

  • partes que disputan el alcance del deber de defensa de una aseguradora.

El caso demuestra que el análisis de cobertura no depende únicamente del nombre del servicio, sino de la naturaleza real de la obligación asumida y del tipo de reclamación presentada.


CONCLUSIÓN

Finalmente, el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones y reinstaló la determinación del Tribunal de Primera Instancia en lo concerniente a ACE Insurance Company. En esencia, resolvió que procedía dictar sentencia sumaria a favor de la aseguradora, ya que la exclusión de servicios profesionales aplicaba a las reclamaciones del caso.


EN CLOSING ATTORNEYS PSC

En Closing Attorneys PSC, damos seguimiento a decisiones relevantes del Tribunal Supremo de Puerto Rico que impactan la interpretación de contratos, reclamaciones de seguro, responsabilidad civil y asuntos comerciales complejos. Comprender el alcance de las exclusiones de una póliza puede ser determinante al momento de evaluar riesgos, defender reclamaciones o estructurar relaciones contractuales con mayor protección jurídica.


Luis O. Dávila Alemán Esq.

Honorary Consul of the Commonwealth of The Bahamas in Puerto Rico

President, Closing Attorneys PSC: 

(939)639-7746


*Success is never final" by J. Willard Marriott


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